MONITA SECRETA DE LOS JESUITAS
REGLAMENTO DE LA SOCIEDAD DE JESÚS


La Monita secreta, como reglamento de conducta, fue establecido por la Sociedad de Jesús como norma por la que debía regirse la Sociedad.

La Sociedad de Jesús fue aprobada en el año 1540 por el Papa Paulo III y disuelta en el año 1773 por el Papa Clemente XIV. La Sociedad de Jesús fue restaurada nuevamente por el Papa Pío VII en el año 1814. Cuesta creer que papas declarados por el Catolicismo como infalibles, obrasen de una forma tan contradictoria.

Lo trascrito más abajo fue copiado del opúsculo publicado por "La Cabaña" en el año 1890 y cuya portada reproducimos a continuación.

"La Cabaña" publicó la "Monita secreta" para justificar la respuesta que dio al Sr. D. Félix Sardá y Salvany en la refutación que hace de sus folletos y, también, para justificar las afirmaciones que hace en la portada de su refutación:

El Liberalismo y el Espiritismo pertenecen a Dios y al Cristo.

El Catolicismo es antideísta y anticristiano.

REFUTACIÓN

A LOS FOLLETOS
EL LIBERALISMO ES PECADO
Y
¿QUÉ HAY SOBRE EL ESPIRITISMO?

DEL
SR. D. FÉLIX SARDÁ Y SALVANY, P.B.R.O.

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REVELACIÓN 4ª

EDICIÓN 2ª AUMENTADA POR "LA CABAÑA"

El Liberalismo y el Espiritismo pertenecen a Dios y al Cristo.

El Catolicismo es antideísta y anticristiano.

PRECIO: 0,75 CÉNTIMOS
Abaixadors, 10, 3º., 1ª.—BARCELONA.— 1890

MONITA SECRETA O INSTRUCCIONES RESERVADAS DE LA SOCIEDAD DE JESÚS
PRÓLOGO

Que los superiores guarden y retengan en sus manos, con cuidado, estas instrucciones particulares y que únicamente las comuniquen a algunos profesos; que instruyan en alguna de ellas a los no profesos, cuando redunde en beneficio de la Sociedad, y esto con el sello del silencio y no como si estuviesen escritos por otro, sino como si fueran resultado de la experiencia del que las comunica.

Como mucho de los profesos están instruidos de estos secretos, la Sociedad tiene mandado que los que estén en posesión de ellos no puedan formar parte de otras órdenes, exceptuando la de los cartujos, en razón al aislamiento en que viven y al silencio inviolable que guardan, lo cual está confirmado por la Santa Sede.

Es necesario que tengan mucho cuidado que estas advertencias no caigan en manos extrañas porque les darían un sentido siniestro por envidia a nuestra orden. Si esto sucede (lo que Dios no quiera), debe negarse que tales sean los sentimientos de la Sociedad.

Que los superiores investiguen siempre con cuidado y con prudencia si alguno de los nuestros ha descubierto estas instrucciones a algún extraño; porque nadie las copiará ni para sí ni para otro, no se permitirá que se copien, sino por el consentimiento del general o provincial; y si se duda de la capacidad de guardar tan grandes secretos, que se le diga lo contrario y que se le despida.

CAPÍTULO PRIMERO
Del modo con que debe conducirse la Sociedad cuando se trata de comenzar alguna fundación

1º. Para captarse la voluntad de los habitantes del país importará mucho manifestar el intento de la Sociedad de la manera prescrita en las reglas, donde se dice que la Compañía debe trabajar con tanto ardor y esfuerzo por la salvación del prójimo como por la suya. Para inducir mejor a esta idea será muy oportuno que los nuestros practiquen los oficios mas humildes, visitando a los pobres, los afligidos y los encarcelados. Es muy conveniente confesar con mucha intención y oír las confesiones mostrando indiferencia, sin apurar a los penitentes para que los habitantes mas notables admiren a nuestros padres y los estimen por la tan gran caridad que se tendrá para con todos y por la novedad del asunto.

2º. Téngase presente que es necesario pedir con religiosa modestia los medios para ejercer los cargos de la Sociedad, y que es preciso procurar adquirir la benevolencia, principalmente en los eclesiásticos seculares y de las personas de la autoridad que se conceptúen necesarias.

3º. Convendrá ir a los lugares mas lejanos donde haya que recibir limosnas, que se aceptarán, por pequeñas que sean, después de haber pintado las necesidades de los nuestros. Sin embargo, será muy conveniente dar al momento estas limosnas a los pobres para edificación de los que no tienen exacto conocimiento de la Compañía, y para que en adelante se muestren mas liberales con nosotros.
4º. Todos debemos obrar como inspirados por un mismo espíritu, y cada uno debe estudiar para adquirir los mismos modales, con el objeto de que la uniformidad en tan gran número de personas edifique a todos; los que hicieren lo contrario, deberán ser expulsados como perjudiciales.

5º. En un principio no conviene que los nuestros compren fincas; pero en el caso de que hubiesen comprado algunas bien situadas dígase que pertenecen a otras personas, usando de los nombres de algunos amigos fieles que guarden el secreto; para mejor aparentar nuestra pobreza, las fincas inmediatas a nuestros colegios aplíquense a colegios muy distantes, lo que impedirá que puedan los príncipes y magistrados saber jamás las rentas que tiene la Sociedad a punto fijo.

6º. No irán a residir los nuestros para formar colegios sino a las ciudades ricas, porque debemos imitar en esto a Jesucristo que se detuvo en Jerusalén y solo iba como de paso en las poblaciones menos considerables.

7º. Se debe procurar adquirir de las viudas todo el dinero que se pueda, presentando repetidas veces a su vista nuestra extrema necesidad.

8º. El superior de cada provincia es el único a quien deben constar con certeza las rentas de las mismas; pero en cuanto al tesoro de Roma, es y será siempre un misterio impenetrable.

9º. Los nuestros han de predicar y decir en todas partes y en todas las conversaciones que han venido para enseñar a los niños y socorrer al pueblo, y esto sin interés de ninguna especie y sin excepción de personas, y que ellos no son gravosos a los pueblos como las otras órdenes religiosas.

CAPÍTULO II
Del modo con que deben conducirse los padres de la Sociedad para adquirir y conservar la familiaridad de los príncipes, magnates y personas poderosas y ricas

1º. Es necesario que hagamos todo lo posible para ganar completamente las atenciones y el afecto de los príncipes y personas de más consideración, para que, sean quienes fueren, no se atrevan a levantarse en contra nuestra, sino antes bien, todos se constituyan dependientes de nosotros.

2º. Como la experiencia nos enseña que los príncipes y potentados están generalmente más inclinados a favor de los eclesiásticos cuando estos les disimulan sus acciones odiosas, y cuando les dan una interpretación que les favorece, como se nota en los matrimonios que contraen con sus parientas o aliadas, o en cosas semejantes; conviene mucho animar a los que se hallen en este caso, diciéndoles que confíen en la asecución de las dispensas que por intervención de nuestros padres concederá el Papa si se le hacen ver las causas y se presentan otros ejemplos de casos semejantes, manifestando al mismo tiempo los sentimientos que le favorecen, bajo pretexto del bien común y la mayor gloria de Dios que es el objeto de la Sociedad.

3º. Esto mismo conviene si el príncipe tratare de hacer algo que no fuese del agrado de todos los grandes señores, para lo cual se le animará y aún instigará, mientras se aconseja a los otros que se conformen con el príncipe sin descender a tratar jamás de particularidades por temor de que ni no tuviese buen éxito el asunto, se impute a la Compañía, y para que si esta acción se desaprueba, se presenten advertencias en contrario que la prohíban absolutamente, y se ponga en juego la autoridad de algunos padres de quienes conste con certeza que no tienen noticia de las instrucciones secretas, para que afirmen con juramento que se calumnia a la Sociedad con respecto a lo que se le imputa.

4º. Para ganar el ánimo de los príncipes será muy conveniente insinuar con maña, y por terceras personas, que nuestros padres son muy a propósito para desempeñar encargos honoríficos y favorables en las cortes de otros reyes y príncipes; y más que ninguna, en la del Papa. Por este medio pueden recomendarse los nuestros y la Sociedad; por lo mismo no se deberá encargar de esta comisión sino a personas muy celosas y muy versadas en nuestro instituto.

5º. Conviene especialmente atraerse la voluntad de los favoritos de los príncipes y de sus criados, por medio de regalos y oficios piadosos, para que den noticia fiel a nuestros padres del carácter e inclinaciones de los príncipes y grandes; de este modo la Sociedad podrá ganar con facilidad, tanto a unos como a otros.
6º. La experiencia no has hecho conocer cuantas ventajas ha sacado la Sociedad de su intervención en los matrimonios de la casa de Austria, y de los que se han efectuado en los otros reinos como el de Francia, Polonia etc., y en varios ducados. Por tanto, conviene proponer con prudencia enlaces de personas escogidas que sean amigos y familiares de los parientes y de los amigos de la Sociedad.

7º. Será fácil ganar a las princesas valiéndose de sus camareras; para lo que conviene entablar y alimentar con ellas relaciones de amistad; porque así se logrará la entrada en todas partes y aún se tendrá en conocimiento de los más íntimos secretos de las familias.

8º. En cuanto a la dirección de conciencia de los grandes señores, nuestros confesores deberán seguir las opiniones de los escritores que conceden mayor libertad a la conciencia; contrariando así el parecer de los demás religiosos para que se decidan a dejar a estos y se sometan enteramente a nuestra dirección y consejos.

9º. Es preciso hacer que consten todos los medios de la Sociedad, a los príncipes y prelados y a cuantos puedan prestar mucho auxilio a la Sociedad, después de haberles manifestado la trascendencia de sus grandes privilegios.

10º. También será útil demostrar con prudencia y destreza el poder tan amplio que tienen la Sociedad, para absolver aún en los casos reservados, comparándole con el de los demás pastores y religiosos, y también el de dispensar del ayuno y los derechos que se deben pedir y pagar en los impedimentos del matrimonio; por cuyo medio recurrirán a nosotros muchas personas que nos deberán quedar agradecidas.

11º. Es no menos útil convidarlos a los sermones, cofradías, arengas, declaraciones, etc., componer odas en honor suyo, dedicarles actos literarios o conclusiones, y si puede ser provechoso, darles comidas y agasajarles de diversos modos.

12º. Será muy conveniente tomar a nuestro cuidado la reconciliación de los grandes en las riñas y enemistades que los dividan; pues de este modo entraremos poco a poco en conocimiento de sus más íntimos amigos y secretos, y serviremos a aquel de los partidos que más en favor nuestro se presente.

13º. Si estuviere alguno al servicio de un monarca o príncipe y fuere enemigo de nuestra Sociedad, es preciso procurar bien por nosotros mismos, o mejor aún por otros, hacerle amigo de ella empleando promesas, favores y adelantos que se le proporcionarán por el mismo monarca o príncipe.

14º. Ninguno recomiende al príncipe a nadie, ni proporcione adelantos a cualquiera de los que hayan salido, sean como fuere, de nuestra Compañía, y en particular a los que lo han verificado voluntariamente; porque aún cuando lo disimulen siempre conservan un odio inextinguible hacia la Sociedad.

En fin, procure cada uno buscar medios para granjearse el cariño y favor de los príncipes, de los poderosos y de los magistrados de cada población, para que cuando se ofrezca una ocasión a propósito hagan cuanto puedan con eficacia y buena fe en beneficio nuestro, aún contra sus parientes, aliados y amigos.

CAPÍTULO III
Como deberá conducirse la Sociedad con los de grande autoridad en el estado y que en caso de no ser ricos podrán prestarnos otros servicios

1º. Queda consignado que se debe hacer todo lo posible para conquistar a los grandes; pero es preciso también ganar su favor para combatir a nuestros enemigos.

2º. Es muy conducente valerse de su autoridad, prudencia y consejos, e inducirles al desprecio de los bienes, al mismo tiempo que procuramos ganar empleos que pueda desempeñar la Sociedad, valiéndose tácitamente de sus nombres para la adquisición de bienes temporales si inspiran bastante confianza.

3º. Es preciso también emplear el ascendiente de los poderosos para templar el encono de las personas de baja esfera y del populacho contrario a nuestra Sociedad.
4º. Es necesario utilizar cuanto se pueda a los obispos, prelados y demás superiores eclesiásticos, según la diversidad de razones y la inclinación que nos manifiesten.

5º. En algunos puntos será suficiente conseguir de los prelados y curas que hagan lo posible para que sus súbditos respeten a la Sociedad, y que no estorben el ejercicio de nuestras funciones, en aquellos en que tengan mayor poder, como en Alemania, Polonia, etc.. Será preciso manifestarles las más distinguidas atenciones para que mediante su autoridad y la de los príncipes, los monasterios, las parroquias, los prioratos, los patronatos, las fundaciones de misas y los lugares piadosos, puedan venir a poder nuestro; porque podremos conseguirlo con más facilidad donde  los católicos se hallen mezclados con los cismáticos y herejes. Es necesario hacer ver a tales prelados la utilidad y mérito que hay en todo esto y que nunca se saca tanto de los clérigos ni frailes para provecho de los fieles. Si hacen estos cambios, es preciso alabar públicamente su celo, aún por escrito,  y perpetuar la memoria de sus acciones.

6º. Para esto es necesario trabajar a fin de que los prelados echen mano de nuestros padres ya como confesores, ya como consejeros; y si aspirasen a más elevados puestos en la corte de Roma, convendrá favorecerlos y apoyar sus pretensiones con todas nuestras fuerzas y por medio de nuestro influjo.

7º. Los nuestros cuidarán de que cuando instituyan los obispos y los príncipes, colegios e iglesias parroquiales, saque la Sociedad facultades para poner en ambos establecimientos vicarios con el cargo de curas, y que el superior de la Sociedad lo sea, para que todo el gobierno de estas iglesias nos pertenezca, y los feligreses sean nuestros súbditos, de modo que todo se puede lograr con ellos.

8º. Donde los de las academias nos fueren contrarios, donde los católicos o los herejes estorben nuestra instalación, conviene valerse de los prelados y hacernos dueños de las primeras cátedras, porque así hará conocer sus necesidades la Sociedad.

9º. Sobre todo será muy acertado procurarse la protección y afecto de los prelados de la iglesia, para los casos de beatificación o canonización de los nuestros; en cuyos asuntos convendrá además alcanzar cartas de los poderosos y de los príncipes para que se abrevie su decisión en la corte católica.

10º. Si aconteciere que los prelados o magnates tuvieren que enviar representantes comisionados, se debe poner todo ahínco en que no se valgan de otros religiosos que estén indispuestos con nosotros, para que no les comuniquen su animadversión, desacreditándonos en las ciudades y provincias que habitamos; y si pasasen por provincias o ciudades donde haya colegios, se les recibirá con afecto y agasajo, y serán tan espléndidamente tratados como lo permita la modestia religiosa.

CAPÍTULO IV
De lo que se debe encargar a los confesores y predicadores de los grandes de la tierra

1º. Los nuestros dirigirán a los príncipes y hombres ilustres de modo que aparenten propender únicamente a la mayor gloria de Dios, y procurando con su austeridad de conciencia que los mismos príncipes se persuadan de ello; porque esta dirección no debe encaminarse en un principio al gobierno exterior o político, sino gradual e imperceptiblemente.

2º. Por lo tanto seria oportuno y conducente advertirles repetidas veces que el repartimiento de honores y dignidades en la república es un acto de justicia y que ofenden en gran manera a Dios los príncipes, cuando no lo verifican y se dejan llevar de las pasiones; protestarán asimismo con frecuencia y severidad, no querer mezclarse en la administración del estado, pero que se ven precisados a expresarse así a pesar suyo por llevar la misión que les está encomendada. Luego que estén bien convencidos los soberanos de todo esto, será muy conveniente darles una idea de las virtudes de que deben hallarse adornados los escogidos para las dignidades y principales cargos públicos, procurando entonces recomendar a los amigos verdaderos de la Compañía; sin embargo, esto no debe hacerse abiertamente por nosotros mismos, sino por medio de los amigos que tengan intimidad con el príncipe, a no ser que nos coloque en disposición de hacerlo.

3º. Para esto cuidarán nuestros amigos de instruir a los confesores y predicadores de la Sociedad acerca de las personas hábiles para el desempeño de cualquier cargo y que sobre todo, sean generosas para con la compañía; también les deberán constar sus nombres para poderlos insinuar con maña y en ocasión oportuna a los príncipes, bien por si mismos o por medio de otros.

4º. Los predicadores y confesores tendrán siempre presente que se deben comportar con los príncipes amables y cariñosamente, sin chocar jamás con ellos ni en sermones ni en conversaciones particulares, procurando que desechen todo temor y exhortándoles en particular a la fe, la esperanza y la justicia.

5º. Nunca admitirán regalos hechos a cada uno en particular, sino que por el contrario, pintarán la estrechez en que se halla la Sociedad o el colegio, como a todos consta, teniendo que satisfacerse con disponer cada uno de un cuarto en la casa, modestamente amueblada, y advirtiendo que su traje no consiente demasiado esmero, y acudirán con prontitud al auxilio y consuelo de las personas más miserables del palacio, para que no se diga de ellos que solo les agrada servir a los poderosos.

6º. Cuando ocurra la muerte de algún empleado en palacio, se debe tener cuidado de hablar con anticipación para que recaiga el nombramiento de sucesor en un afecto a la Sociedad, pero procurando evitar toda sospecha de que se intenta usurpar el gobierno al príncipe, por lo cual, no deberán los nuestros, como se ha dicho, tomar una parte directa, sino que convendrá valerse de amigos fieles o influyentes que se hallen en posición de atizar el odio de unos y otros, si llegare a encenderse.

CAPÍTULO V
Del modo de conducirse con respecto a los otros religiosos que tienen los mismos cargos que nosotros en la iglesia

1º. Es preciso conllevar con valor a estas personas y manifestar en su debido tiempo a los príncipes y señores que siempre son nuestros, y se hallan constituidos en poder, que nuestra Sociedad contiene esencialmente la perfección de todas las otras órdenes, a excepción del canto y la manifestación exterior de austeridad en el método de vida y en el traje, y que si en algunos puntos exceden las comunidades a la Sociedad, ésta brilla con más esplendor en la iglesia de Dios.

2º. Inquiéranse y anótense los defectos de todos los otros religiosos, y cuando los hayamos divulgado entre nuestros amigos fieles, como condolidos de ellos, debe manifestárseles que tales religiosos no desempeñan con el acierto que nosotros, las funciones que a unos y a otros están encomendadas.

3º. Es preciso que los padres se opongan con todo su poder a los religiosos que intenten fundar casas de educación para instruir a los jóvenes en las poblaciones donde se hallan los nuestros enseñando con aceptación y aprovechamiento; y será muy conveniente a nuestros proyectos indicar a los príncipes y magistrados que tales gentes van a excitar disturbios y conmociones si no se les prohíbe la enseñanza de la juventud. En caso de que los religiosos tuvieran letras del Pontífice o recomendaciones de cardenales, obrarán los nuestros en contra de ellos haciendo que los príncipes y grandes pinten al Papa los méritos de la Sociedad y su inteligencia para la pacifica instrucción de los jóvenes, a cuyo fin deberán tener y tendrán certificaciones de las autoridades sobre su buena conducta y suficiencia.

4º. Habrán, no obstante, de formar empeño nuestros padres en disponer pruebas singulares de su virtud y erudición, haciendo que ejerciten sus alumnos sus estudios en medio de funciones escolares de diversión, capaces de atraer aplausos, haciendo por supuesto estas representaciones en presencia de los grandes, magistrados y concurrencia de otras clases.

CAPÍTULO VI
Del modo de atraer a las viudas ricas

1º. Deberán elegirse al efecto padres ya entrados en años de viva penetración y conversación agradable, para visitar a esas señoras, y si desde luego notaren en ellas aprecio o afición a la Sociedad, les harán ofrecimientos de las buenas obras y merecimientos de la misma; lo que si ellas aceptaren y se lograre que frecuenten nuestros templos, deberá proporcionárseles un confesor que sea capaz de guiarlas en términos de que se mantengan en el estado de viudez, haciéndoles la enumeración y encomios de las satisfacciones que a tal estado acompañan, haciéndoles confiar, y aún prometiéndoles como cierto, que les servirá esto de un mérito para la vida eterna, siendo eficacísimo para sustraerlas a las penas del purgatorio.

2º. Les propondrá este mismo confesor hacer y adornar en su propia casa una capilla u oratorio para verificar sus ejercicios religiosos; porque por este medio se cortará más fácilmente la comunicación, estorbándose el que las visiten otros; y aunque ellas tuvieren capellán particular, se deberá turnar por ir a celebrar allí la misa, haciendo a la confesada advertencias oportunas al efecto y tratando de dejar supeditado a dicho capellán.

3º. Se hará por mudar con tino y paulatinamente lo respectivo al orden y método de la casa, conforme lo permitan las circunstancias de la persona a quien se dirige, sus propensiones, su piedad y aun el lugar y situación del edificio.

4º. No debe omitirse el ir alejando poco a poco a los criados de la casa que no estén en inteligencia con nosotros, proponiendo para su reemplazo a personas de aquellas que estén dependientes o quieran estarlo de la Compañía, porque por su medio podremos hallarnos al corriente de cuanto pasa en la familia.

5º. La mira constante del confesor habrá de ser, disponer que la viuda dependa de él totalmente, representándole sus adelantos en la gracia, como necesariamente ligados a esta sumisión.

6º. La inducirá a la frecuencia de los sacramentos, en especial el de la penitencia, haciéndole dar cuenta en él de sus más recónditos pensamientos e intenciones; la invitará a ir a escuchar a su confesor cuando éste predicare, prometiéndole oraciones particulares, recomendándole igualmente la recitación cotidiana de las letanías y el examen de la conciencia.

7º. Será muy del caso una confesión general para enterarse por extenso de todas sus inclinaciones, por lo que se hará que se determine a ella, aunque ya la hubiese hecho en manos de otro.

8º. Insístase sobre las ventajas de la viudez y los inconvenientes del matrimonio en particular del repetido, y de los peligrosos a que pudiera exponerse relativamente a sus negocios particulares en que se procurará penetrar.

9º. Se le deberá hablar también de hombres que le disgusten, y si se tiene noticia de alguno que le agrade se le representará como hombre de mala vida, procurando por estos medios que se disguste de unos y otros, repugnándole el enlazarse a ninguno.

10º. Cuando el confesor estuviere ya convencido de que ha decidido seguir en la viudez, convendrá que le aconseje dedicarse a la vida espiritual, pero no a la monástica, cuyas incomodidades se le deberán mostrar al vivo; en una palabra, si conviene hablarle de la vida espiritual de Paula y Eustaquio, etc. Se conducirá el confesor en términos de que después de un voto de castidad de la viuda, a lo menos por dos o tres años, la haga renunciar para siempre a segundas nupcias. En este caso ya se le habrán de impedir toda clase de relaciones con los hombres, y aun las diversiones entre sus parientes y conocidos, protestando que debe unirse más estrechamente con Dios. Respecto a los eclesiásticos que la visitaren o a quienes ella fuere a visitar, cuando no sea asequible apartarlos a todos, se trabajará para que los que trate sean recomendados por los nuestros o por los que están a nuestra devoción.

CAPÍTULO VII
Sistema que debe emplearse con las viudas y medios para disponer de sus bienes

1º. Se las deberá excitar de continuo a perseverar en su devoción y ejercicio de las buenas obras; en disposición de no transcurrir una semana sin que ellas se desprendan de alguna parte de su sobrante en honor de Jesucristo, de la Virgen Santísima y del Santo que hayan elegido su patrono, dando esto a los pobres de la Compañía o para ornamento de sus iglesias, hasta que se las despoje absolutamente de las primicias de sus bienes, como en otro tiempo a los egipcios.

2º. Cuando las viudas, a más de la práctica en general de la limosna, dieren a conocer con perseverancia su liberalidad a favor de la Compañía, se les asegurará que son participantes de todos los méritos de la misma, y de las del general de la Orden.

3º. Las viudas que hubieren hecho voto de castidad, serán precisadas a renovarle dos veces al año, conforme a la costumbre que tenemos establecida, <<pero permitiéndoles no obstante alguna honesta distracción con nuestros padres>>.

4º. Deberán ser visitadas frecuentemente entreteniéndolas con agrado, refiriéndoles historias espirituales y divertidas, conforme al carácter e inclinación de cada una.

5º. Para que no se abatan, no deberá usarse con ellas de demasiado rigor en el confesionario como no sea que, por haberse apoderado otros de su benevolencia, se desconfíe de recuperar su adhesión, habiéndose de proceder en todos casos con gran maña y cautela, atendiendo a la inconstancia natural de la mujer.

6º. Es menester evitar hábilmente que frecuenten otras iglesias, en particular las de conventos; para lo cual se les recordará a menudo que en nuestra Orden están reunidas cuantas indulgencias han conseguido parcialmente todas las demás corporaciones religiosas.

7º. A las que se hallen en el caso de vestir luto, se les aconsejarán trajes de corte agraciado que reúnan a la vez el aspecto de la mortificación y el del adorno, para distraerlas de la idea de hallarse dirigidas por un hombre extraño al mundo. También, con tal que no sea muy peligroso o expuesto y particularmente a volubilidad, podrá concedérseles, como se mantengan consecuentes y liberales para con la Sociedad, lo que exija en ellas la sensualidad, siendo con moderación y sin escándalo.

8º. Deberá procurarse que en casa de las viudas haya doncellas honradas, de familias ricas y nobles que poco a poco se acostumbren a nuestra dirección y método de vida, y se les dará una directora, elegida y establecida por el confesor de la familia, para que permanezcan sumidas siempre a todas las reprensiones y hábitos de la Compañía; y si alguna no quisiere avenirse a todo, deberá enviarse a casa de sus padres o de los que las trajeron, acusándolas luego de extravagancia y del carácter díscolo y chocante.

9º. El cuidar de la salud de las viudas y de proporcionarles algún recreo no es de menor importancia que el cuidar de su salvación; y así si se quejaren de alguna indisposición, se les prohibirá el ayuno, los cilicios y la disciplina, sin permitir que vayan a la iglesia; mas continuará la dirección cauta y secretamente en sus casas; se les dará entrada en el huerto y edificio del colegio, con tal que se verifique con sigilo, y se les consentirá conversar y entretenerse secretamente con los que ellas prefieran.

10º. A fin de conseguir que las viudas empleen sus posibles en obsequio de la Sociedad, se les debe representar la perfección de vida de los santos, que renunciando al mundo, extrañándose de sus parientes, y desprendiéndose de sus fortunas, se consagraron al servicio del Ser Supremo, con entera resignación y contento. Se les hará saber al mismo efecto lo que arrojan las constituciones de la Sociedad y su examen relativamente al abandono de todas las cosas. Se les citarán ejemplos de viudas que han alcanzado la santidad en poco tiempo; dándoles esperanzas de ser canonizadas si su perseverancia no decae, y prometiéndoles para dicho caso nuestro influjo con el santo padre.

11º. Se deberá imprimir en sus ánimos la persuasión de que si desean gozar de completa tranquilidad de conciencia, necesitan seguir sin repugnancia, sin murmurar ni casarse, la dirección del confesor, así en lo espiritual como en lo temporal, como que se halla destinado por el mismo Dios para guiarlas.

12º. También se les dirá con oportunidad, que el Señor no quiere que hagan limosnas, ni aún a religiosos de una vida reconocidamente ejemplar y aprobada, sino consultándolo antes con el confesor, y arreglándose al dictamen de éste.

13º. Pondrán los confesores el mayor cuidado en que las viudas y sus hijas de confesión no vayan a ver a otros religiosos, bajo pretexto alguno, ni tengan trato con ellos. Para esto celebrarán a nuestra Sociedad como la orden mas esclarecida entre todas; la de mayor utilidad en la Iglesia, y la de mayor autoridad para con el pontífice y los príncipes; perfectísima en sí, pues despide de su seno a los que pueden amenguarla y no son correspondientes a ella; pudiendo decirse que no consiente espuma ni heces como entre los otros monjes, que cuentan en sus conventos muchos ignorantes, estúpidos, holgazanes, indolentes respecto a la otra vida y entregados en ésta al desorden, etc.

14º. Propondrán y persuadirán los confesores a las viudas a asignar pensiones ordinarias y otras cuotas anuales a los colegios y casas profesas para su sostenimiento, con especialidad a la casa profesa de Roma, y no olvidarán recordarles la restauración de los ornamentos de los templos y reposición de la cera, el vino y demás necesario a la celebración.

15º. A la que no hiciere dejación de sus bienes a la Compañía, se le manifestará en ocasión aparente en particular cuando se halle enferma o en peligro de muerte, los muchos colegios que hay que fundar; y se le excitará con dulzura y entereza a hacer algunos desembolsos como mérito para con Dios en que pueda ella fundar su gloria eterna.

16º. Del mismo modo se procederá con respecto a los príncipes y otros bienhechores, haciéndoles ver que tales fundaciones han de perpetuar su memoria en este mundo y granjearles la bienaventuranza eterna; y si algunos malévolos adujesen el ejemplo de Jesucristo, diciendo que pues no tenia en que reclinar la cabeza, la Compañía de su nombre debía ser pobre a imitación suya, se hará conocer y se imprimirá en la imaginación de estos y de todo el mundo, que la Iglesia ha variado y que en el día ha venido a ser un estado que debe ostentar autoridad y grandes medios contra sus enemigos, que son muy poderosos; o como aquella piedrecilla pronosticada por el profeta, que, dividida, vino a ser una gran montaña. Incúlquese constantemente a las viudas que se dedican a la limosna y ornamento de templos, que la mayor perfección está en despojarse de la afición a las cosas terrenales, cediendo su posesión a Jesucristo y sus compañeros.

17º. Siendo muy poco lo que debe prometerse de las viudas que dedican y educan a sus hijos para el mundo, debe buscarse algún remedio a esto.

CAPÍTULO VIII
Medios para que los hijos de viudas ricas abracen el estado religioso o el de la devoción

1º. Para conseguir nuestro propósito, debemos hacer de modo que las madres lo traten con rigor, y manifestarnos nosotros amorosos con ellos. Convendrá inducir a las madres a que les quiten sus gustos desde la más tierna edad y les regañen, coarten, etc., etc., a las niñas en especial, prohibiéndoles las galas y adornos cuando van entrando en edad competente; que les inspiren vocación por el claustro prometiéndoles un dote de consideración si abrazan semejante estado; representándoles los desazones que trae consigo el matrimonio y los disgustos que ellas mismas han experimentado en el suyo, significándoles el pesar que sienten por no haberse mantenido en el celibato. Últimamente conviene manejarse en términos que produzcan en las hijas de las viudas tal fastidio de vivir con sus madres, que piensen entrar en un convento.

2º. Tratarán los nuestros con intimidad a los hijos de las viudas, y si parecen a propósito para la Compañía, se les hará penetrar de intento en nuestros colegios, haciéndoles ver cosas que puedan llamar la atención por cualquier medio; tal como jardines, viñas, casas de campo y las alquerías a donde los nuestros van de recreo; se les hablará de los viajes que los jesuitas hacen a diferentes países, de su trato con los príncipes, y de cuanto puede cautivar a los jóvenes; se les hará notar el aseo del refectorio, la comodidad de los aposentos, la agradable conversación que tienen los nuestros entre sí; la suavidad de nuestra regla y el tener todo por objeto la mayor gloria de Dios; se les mostrará la preeminencia de nuestra orden sobre todas las demás, cuidando de que las conversaciones que se les tengan sean divertidas al paso que de piedad.

3º. Al proponerles el estado religioso, cuídese de hacerlo como por revelación y en general insinuándoles luego con sagacidad la bienaventuranza y dulzura de nuestro instituto sobre todo otro; y entre la conversación se les hará entender el gran pecado que se comete contrariándose a la vocación del Altísimo; por fin, se les inducirá a hacer unos ejercicios espirituales que los iluminen acerca de la elección de estado.

4º. Se hará lo posible para que los maestros y profesores de los indicados jóvenes sean de la Compañía a fin de vigilar siempre sobre esto y aconsejarlos; mas si no se  les puede reducir, se les procurará privar de algunas cosas, haciendo que sus madres les manifiesten los apuros y estrechez de la casa, para que se cansen de tal género de vida, y si, finalmente, no se pudiere conseguir de su voluntad entren en la Sociedad, deberá trabajarse porque se les mande a otros colegios de los nuestros que estén lejos, como para estudiar, procurando impedir que sus madres les den muestras de cariño, y continuando al mismo tiempo por nuestra parte en atraerlos por medios suaves.

CAPÍTULO IX
Sobre el aumento de rentas de los colegios

1º. Se hará todo lo posible porque no se ligue con el último voto el que esté avocado a una herencia, mientras no se verifique, a no ser que tenga en la Compañía un hermano más joven, o por alguna otra razón de mucha entidad. Ante todo lo que debe procurarse son los aumentos de la Sociedad, con arreglo a los fines en que convienen sus superiores, que deben estar acordes, para que la Iglesia vuelva a su primitivo esplendor para la mayor gloria de Dios; de suerte que el clero todo se halle animado de un espíritu único. A este fin deberá publicarse por todos los medios, que se compone en parte la Sociedad de profesos tan pobres, que carecerían de lo más indispensable a no ser por la beneficencia de los fieles, y que otra parte es de padres también pobres, aunque viven del producto de algunas fincas, por no ser gravosos al público en medio de sus estudios y de las funciones de su ministerio, como lo son las otras órdenes mendicantes. Los directores espirituales de príncipes, grandes, viudas acomodadas y demás de quienes podamos esperar bastante, los dispondrán en términos de que den a la Compañía en cambio de las cosas espirituales y eternas las temporales que ellas poseen; por lo mismo llevarán siempre la idea de no desperdiciar ocasión de recibir siempre, cuando y lo que se les ofrezca. Si prometiéndoles, se retardare el cumplimiento de la promesa, la recordarán con precaución, disimulando cuanto se pueda la codicia de riquezas. Cuando algún confesor de personajes u otras gentes, no fuese apto, o careciese de la sutileza que en estos asuntos es indispensable, se le retirará con oportunidad, aunque les pondrán atinadamente otros; y si para precisar enteramente a los penitentes, se hiciere necesario, se sacará a los destituidos a colegios distantes, figurando que la Sociedad los necesita allí; porque hemos sabido que habiendo fallecido de improviso unas viudas jóvenes, no ha tenido la Compañía el legado de muebles muy preciosos, por haber habido descuido en aceptarlos a su debido tiempo. Para recibir de estas cosas, no ha de atenderse al tiempo, sino a la buena voluntad del penitente.

2º. Para atraerse los prelados, canónigos, deanes y demás eclesiásticos nos es preciso emplear ciertas artes; y se logrará procurando que practiquen en nuestras casas ejercicios espirituales, y valiéndose gradualmente del afecto que profesen a tales cosas divinas se les irá aficionando a la Sociedad, que pronto tendrá prendas de su adhesión.

3º. No olvidarán los confesores el preguntar con la debida cautela y en ocasiones adaptadas, a sus confesados de ambos sexos, sus nombres, familias, parientes, amigos y bienes; informándose en delante de sus sucesores, estado, intención en que se hallan y resolución que hubieren tomado; la que si aún no estuviera determinada, procurarán hacerla formar de un modo provechoso a la Compañía. Cuando se funde desde luego esperanza de utilidad por no ser conveniente preguntarlo todo a la vez, se les aconsejará que hagan confesión general, que así se desembarazará cuanto antes la conciencia y podrá adoptarse un género de vida que los reformará. Se hará informar el confesor con repetición de lo que una vez no le diere suficientes luces; y si las consiguiese por este medio, convendrá, siendo una mujer, hacerla confesar con frecuencia y visitar nuestra iglesia; y siendo hombre, invitarle a que venga a nuestras casas y hacerle familiarizarse con los nuestros.

4º. Lo que se dijo respecto a las viudas debe tener igualmente aplicación a los comerciantes y vecinos de todas partes, como sean ricos y casados sin hijos, de modo que la Sociedad pueda llegar a heredarlos si se ponen en juego los medios que llevamos indicados; pero, sobretodo, será bien tener presente lo dicho acerca de las devotas ricas, que traten con los nuestros y de quienes puede el vulgo murmurar cuando más, si ya no es que son de clase muy elevada.

5º. Procurarán los rectores de los colegios enterarse por todos los medios de las casas, parques, sotos, montes, prados, tierras de labrantío, viñas, olivares, caseríos y cualquier especie de heredades que se encuentren en el término de su rectoría; si sus dueños pertenecen a la nobleza o al clero o son negociantes, particulares o comunidades religiosas; inquirirán las rentas de cada una, sus cargas y lo que por ellas se paga. Todos estos datos o noticias se han de buscar con gran maña y a punto fijo, valiéndose ya del confesionario, ya de relaciones de amistad, o de las conversaciones accidentales; y el confesor que se encuentre con un penitente de posibles lo pondrá en conocimiento del rector procurando por todos modos el conservarlo.

6º. El punto esencial en que estriba es el siguiente: que se manejen los nuestros en términos de ganarse la voluntad y afición de sus penitentes, y demás personas que traten acomodándose a sus inclinaciones si fuera conducente. Los provinciales cuidarán de mandar algunos de los nuestros a puntos en que residan nobles y pudientes; y para que los provinciales lo hagan con oportunidad, los rectores deberán noticiarles con anticipación las cosechas que allí van a verificarse.

7º. Cuando reciben a hijos de casas fuertes en la Compañía. Deberán manifestar si le será fácil adquirirse los contratos y títulos de posesión y si así fuere se enterarán de si han de ceder algunos de sus bienes al colegio o por usufructo o por alquiler o en otra forma, o si podrán venir a parar en el tiempo en la Sociedad; al logro de lo cual, será muy apropósito dar a entender especialmente a los grandes y pudientes, la estrechez en que vivimos y las deudas que nos apremian.

8º. Cuando las viudas o casadas nuestras devotas, no tuviesen más que hijas, las persuadirán los nuestros a la misma vida de devoción o la del claustro, para que excepto el dote que haya de darles puedan entrar sus bienes en la Sociedad paulatinamente, mas cuando tengan varones, a los que ellos fuesen a propósito para la compañía, se les catequizará y a los demás se les hará entrar religiosos en otras órdenes, con la promesa de alguna suma reducida. Cuando sea un hijo único, a toda costa se le atraerá, inculcándole la vocación como hecha por Jesucristo, haciéndole desembarazarse enteramente del temor de sus padres y persuadiéndole de que hará un sacrificio muy acepto al Todo-Poderoso, si se atrae a su autoridad, abandona la casa paterna y entra en la Compañía, lo que si así sucediere después de dar parte al general, se le enviará para su noviciado a una casa distante.

9º. Los superiores pondrán al corriente a los confesores, de las circunstancias de estas viudas y casadas, para que ellos las aprovechen en todas ocasiones en beneficio de la Sociedad; y cuando por medio de uno no se sacare partido, se le remplazará con otro, si se hiciese necesario, se le mandará a mucha distancia, de modo que no puedan seguir entendiéndose con estas familias.

10º. Se procurará convencer a las viudas y personas devotas que aspiren con fervor una vida perfecta, de que el mejor medio para conseguirla es ceder todos sus medios a la Sociedad, alimentándose de sus réditos, que le serán religiosamente entregados hasta su muerte, conforme el grado de necesidad en que se hallen; y la justa razón que se empleará para su persuasión es que de este modo podrán dedicarse exclusivamente a Dios sin atenciones y molestias que les distraigan de este que es el único camino para alcanzar el más alto grado de perfección.

11º. Los superiores pedirán al fiado a los ricos y adictos a la Compañía, entregando recibos de su propia letra, con el fin de hacer creer al mundo por todos estilos que la Sociedad está pobre, no olvidándose de visitar a menudo a los que prestaron, para exhortarles sobre todo en sus enfermedades de consideración, a que devuelvan los documentos de la deuda diciendo que así no necesitarán hacer mención de la Compañía en su testamento; y por esta conducta adquirimos bienes sin dar motivo a que nos censuren los herederos.

12º. También convendrá en gran manera pedir a préstamo, con pago de intereses anuales y emplear el mismo capital en otra especulación que produzca mayores réditos a la Sociedad; porque tal vez sucederá por motivos a compasión los que nos prestaron, nos perdonen el interés en testamento o donación, cuando vean que fundamos colegios e iglesias.

13º. La Compañía podrá reportar utilidades del comercio, valiéndose del nombre de comerciantes de crédito cuya amistad posea; y ha de procurarse una utilidad cierta y considerable aún en las Indias, que gracias a Dios, no solo han dado hasta hoy almas a la Sociedad, sino grandes riquezas además.

14º. En los pueblos donde residan nuestros padres se valdrán de médicos fieles a la Sociedad, para que la recomienden especialmente a los enfermos, y la pinten bajo un aspecto muy superior del de las otras órdenes religiosas, y logren que seamos llamados para asistir a los poderosos, en particular a la hora de la muerte.

15º. Los confesores deberán visitar con frecuencia a los enfermos; en especial si se hallan de peligro, y los superiores cuidarán muy exactamente de enviar un padre de la Compañía que mantenga al enfermo en sus buenos propósitos, cuando el confesor tenga que separarse de su lado, por cuyo medio lograremos deshacernos de otros religiosos y eclesiásticos que acudan a rodear al enfermo. Sin embargo, nunca estará demás atemorizar a los enfermos con el infierno y cuando no, con el purgatorio, diciéndoles que el pecado se apaga con la limosna como el fuego con el agua, y que nunca estarán mejor empleadas las limosnas que cuando se destinen al socorro de los religiosos que por vocación están dedicados a la salvación del prójimo, que también les tocará parte de sus méritos y redimirán sus pecados, cuya multitud se borra por medio de la caridad. Esta virtud, que puede pintarse también como el vestido nupcial, sin el que nadie puede tomar asiento en el sagrado banquete, y por fin, se citaran los pasajes de la Sagrada Escritura más apropósito y conformes a la capacidad del enfermo, para moverle a que sea generoso con la Compañía.

16º. Los nuestros persuadirán a las casadas mal avenidas con los extravíos y deslices de sus maridos, y temerosas por la suerte de ellos, de que pueden quitarles alguna cantidad para expiación de sus pecados y alcanzarles el perdón.

CAPÍTULO X
Del especial rigor en la disciplina de la sociedad

1º. Debe ser despedido de la Sociedad, como su enemigo, cualquiera, sea del grado y edad que fuere, cuando constare que ha desviado de nuestras iglesias a los devotos o devotas, o bien haya dado motivos a que no las frecuente o disuadido a cualquier persona rica y bien dispuesta a favor de la Sociedad, de hacer algún beneficio a ésta o disponer en pro de ella, estando en ánimo de verificarlo, induciéndola a que dispusiera a favor de los parientes del disuadido; porque esto revela un espíritu poco mortificado y es indispensable que los profesos lo estén absolutamente. Del mismo modo serán despedidos los que hayan aconsejado a los penitentes que den limosnas a los parientes pobres de estos; mas para evitar que los expulsos se resientan si conocen la causa, no serán despedidos desde luego, sino que por de pronto se les prohibirá recibir la confesión, se les incomodará y mortificará encargándoles los ministerios más viles, precisándoles diariamente a ejecutar lo que más les repugne, se les separará de las cátedras principales, de los cargos honoríficos, se les reprenderá en los capítulos y públicamente, se les impedirá todo recreo y trato con los extraños, se les privará, tanto en el vestido como en los muebles, de lo no indispensable, hasta que lleguen a incomodarse y murmurar, en cuyo caso serán expulsados como religiosos poco mortificados y capaces de causar graves daños a los demás con su mal ejemplo. Si hubiese que dar satisfacción a los extraños, basta con decir que no tenían el carácter que exige la Sociedad.

2º. Deberán también ser expulsados los que rehusasen adquirir para la Compañía, diciéndoles que están demasiado pagados de su propia opinión; y en caso de haber de responder ante los provinciales, se les manifestará esto mismo; no es conveniente escucharlos, sino obligarles a observar la regla que previene una obediencia ciega.

3º. Desde un principio o al menos desde la juventud se observará indispensablemente cuales son los más afectos a la Sociedad, y cuando se averigüe que algunos tengan cariño a sus parientes, a los pobres o a las otras órdenes y sus religiosos, se practicará con ello lo dispuesto en el artículo primero y serán despedidos.

CAPÍTULO XI
De la conducta uniforme que observarán los nuestros con los que hayan pertenecido a la Sociedad

1º. Los que han sido expelidos de la Sociedad suelen por lo común ser perjudiciales por los secretos que saben de ella, por lo cual se contrarrestará sus esfuerzos de la manera siguiente. Antes de proceder a su completa expulsión, se les debe obligar a prometer por escrito y bajo juramento, que nada dirán o escribirán en contra de la Compañía. Si faltaren a sus promesas y juramentos, los superiores que, según la costumbre admitida en la Sociedad, deberán tener por escrito una detallada noticia de los vicios, defectos y malas inclinaciones de los expulsos, adquirida por la confesión general que estos hicieron en descargo de su conciencia, se valdrán de dicha manifestación, informando a los grandes y prelados para destruir sus pretensiones y hacer que pierdan cuanto hubiesen adelantado.

2º. A todos los colegios se escribirá en el acto, dándoles noticia de los que hayan sido expulsados, abultando las razones generales que han determinado a desecharlos, cuales son la falta de obediencia, la tibieza y poca mortificación de su espíritu, el ningún apego a los ejercicios devotos, la terquedad de amor propio, etc. Luego, se advertirá a todos los nuestros que se abstengan de sostener con ellos correspondencia, y que cuando se hable de su extrañamiento con gentes de fuera, sea uno mismo el lenguaje de todos, expresando en toda ocasión y lugar que la Compañía no se deshace de nadie sino por causas muy poderosas, siendo un símil de la mar, que arroja fuera de si los cuerpos corrompidos, etc. Podrán aducirse de paso algunos motivos, que con sutileza se procurará sean de aquellos que se nos atribuyen y se aborrecen en nosotros.

3º. Se debe tratar de persuadir a todos en las pláticas interiores de que los expulsos eran personas inquietas y de que andan instando para volver a la Compañía, ponderándoles la desgracia de aquellos que ella ha rechazado de su seno, y diciendo que han tenido un fin muy desastroso.

4º. Se deberán precaver las acusaciones que puedan hacer los desechados, para lo que deberá ponerse en juego la autoridad de personas caracterizadas a quienes se hará afirmar que entre nosotros no se expele a nadie sin causas muy poderosas, y que la Sociedad nunca corta los miembros sanos; de lo que es prueba evidente su notorio celo y sus afanes por la salvación de las almas.

5º. Luego se prevendrá y precisará por cuantos medios sean dados, a los prelados y personajes con quienes tengan algún prestigio y valimiento los expulsos, a fin de hacérselo perder, manifestándoles que el decoro y buen nombre de la Sociedad, de tanta importancia y útil a la Iglesia, debe prevalecer en consideración sobre cualquier particular, sea quien fuere; y si se echare de ver que dichos sujetos se conservan afectos a los expulsos, se les declararán los motivos que dieron lugar a despedirlos, desnaturalizando si es menester los hechos, para sacar el partido que convenga.

6º. Se impedirá por todos los medios, que obtengan los expulsos cargo o dignidad de cualquier clase en la Iglesia, en especial los que por su voluntad hubiesen salido; a no ser que ellos se sometan a la Compañía, con cuanto adquieran, y hagan constar los nuestros que aquellos quieren depender de ella.

7º. Promuévase oportunamente la separación de los expulsos del ejercicio de las fundaciones sacerdotales, como el púlpito, el confesionario, la publicación de libros de religión etc., porque debemos temer que ganen aprecio y celebridad del pueblo. A este fin, será muy conducente averiguar cuanto sea dable respecto a su vida, costumbres, personas con quienes trate, ocupaciones etc.; lo que podrá proporcionarse trabando las nuestras relaciones con algunas de las personas de la casa en que habiten.

Y sorprendiendo alguna cosa reprensible en ellos o que les pueda atraer descontento, se tratará de divulgarla por medio de gentes de mediana calidad, dando en seguida los pasos conducentes para que llegue a oídos de los grandes y prelados que los favorezcan, para que se retraigan a vista de la mancha que puede caer sobre ellos. Si nada malo se les descubriese, y tuvieren una conducta arreglada, no dejarán los nuestros de rebajar su buena opinión con proposiciones sutiles y frases capciosas, para privarles en lo posible del lauro de sus virtudes y acciones meritorias, haciendo en el concepto que de ellos se tiene, vaya desvaneciéndose por grados; pues es de gran interés para la Sociedad que aquellos a quienes rechaza, y aún más principalmente aquellos que de motu propio la abandonan, se hundan en la oscuridad y el olvido.

8º. Se invertirán sin cesar accidentes siniestros y deplorables, sobrevenidos a los que en cualquier sentido salieron de la Compañía; recomendando de paso a los fieles que imploren para ellos en sus invocaciones y rezos la misericordia del Ser Supremo; y así no se pensará que hablamos con pasión. En nuestras casas se exagerarán estos  contratiempos para que sirvan de rémora a los otros.

CAPÍTULO XII
Quienes conviene que sean sostenidos y conservados en la Sociedad

1º. El primer puesto en la compañía pertenece a los buenos operarios que son los que les procuran tantos bienes espirituales como temporales; tales son los confesores de los príncipes, de los poderosos, de las viudas y beatas ricas, los predicadores, los profesores y los que tienen conocimientos de estas constituciones secretas.

2º. Los faltos ya de fuerzas o agobiados por la vejez, deberán ser considerados respectivamente conforme al uso que hayan hecho de sus talentos en pro del bien temporal de la sociedad, de modo que se atiendan los méritos anteriores contraídos; a más de que su permanencia continua en la casa les hace muy apropósito para dar parte a los superiores de cuanto noten en los inferiores.

3º. No debe expulsarse a estos si no en caso de extrema necesidad para no sufrir la mancha que recaería sobre la Sociedad.

4º. También se debe favorecer a los que sobresalgan por su talento, nobleza o bienes, en especial cuando cuenten con amigos y parientes poderosos, adictos a la Sociedad; y si ellos mismos la aprecian sinceramente, deben ser enviados a Roma o a las principales universidades para que reciban su instrucción, o en caso de haber estudiado en alguna provincia, será muy conveniente inducirlos por medio de atenciones y cuidados especiales, a que cedan sus bienes a la Sociedad; mientras esto se verifica, no rehusárseles cosa alguna, pero cuando la cesión de bienes esté verificada, serán tratados como todos los otros, aunque guardando siempre alguna consideración por lo pasado.

5º. Habrá también consideración por parte de los superiores hacia los que hayan traído a la Sociedad algún joven notable, porque así han dado a conocer suficientemente su afecto a ella; mas si no hubieren profesado todavía, debe tenerse mucha precaución y no dejarse llevar de la indulgencia; no fuere que si ellos se marchasen lleven también a los jóvenes que trajeron.

CAPÍTULO XIII
De los jóvenes que han de ser elegidos por la Sociedad

1º. Debe tenerse mucho atino en cuanto a la elección de los jóvenes, que habrán de ser despejados, nobles y de buenas dotes físicas, o cuando menos sobresalientes en algunas de estas cualidades.

2º. Los superiores de los colegios que cuidan de su enseñanza, han de prepararlos durante sus estudios para que puedan ser atraídos con mayor facilidad; y en sus conversaciones fuera de la cátedra, deben pintarles cuan grato es a Dios el que se dedica a servirle con todos sus bienes, y sobretodo si es en la Sociedad de su Hijo.

3º. Conviene que algunas veces los introduzcan en el colegio y en el jardín o los lleven a las casas de campo teniéndolos en compañía de nuestros padres en tiempos de asueto, para que adquieran con ellos cierta especie de familiaridad, que sin embargo no ha de ser tanta que les inspire menosprecio.

4º. No se consentirá que los nuestros les castiguen ni les obliguen a colocarse en sus tareas entre los demás educandos.

Deberán emplearse dádivas y privilegios conformes a su edad, y alentarlos al mismo tiempo con pláticas morales, para ir atrayéndolos poco a poco.

6º. Se les hará creer que por alguna predestinación de la Providencia Divina han sido ellos los predilectos entre tantos como acuden al colegio.

7º. También habrá ocasiones en que convenga atemorizarlos, especialmente en las exhortaciones, repitiéndoles que solo una condenación eterna está reservada para los que se niegan a escuchar la voz de Dios que les está llamando.

8º. Cuando continuamente expresen su anhelo por entrar a formar parte en la Compañía debe suspenderse la admisión, si permanecen constantes; mas cuando permanezcan indecisos, se les guardarán todas las consideraciones posibles.

9º. Se les amonestará con repetición que a ninguno de sus amigos, ni aún a sus padres deberán descubrir su intención antes de haber sido admitidos; y cuando tuviesen algún mal pensamiento de variar de voluntad, tanto ellos como la Sociedad quedarán en plena libertad para obrar del modo que les pareciere más conveniente. En el caso de que logren vencer la tentación, nunca faltarán ocasiones para hacerles cobrar ánimo, recordándoles lo que ya se ha dicho, siempre que esto sucediere durante el noviciado o hechos ya los votos simples.

10º. Con respecto a los hijos de los grandes, poderosos y nobles, como es sumamente difícil conquistarlos si viven con sus padres, por que le dan educación más adecuada para sus deseos de que les sucedan en sus destinos deberá procurarse persuadir a los padres valiéndonos del influjo de nuestros amigos, más que del nuestro, de que convendría enviarlos a otras provincias o universidades distantes que estén a cargo de nuestros padres, cuidando antes de remitir a los profesores respectivos las instrucciones necesarias acerca de la calidad y circunstancia de los nuevos discípulos, para que de este modo puedan hacerles concebir más fácilmente cariño hacia nuestra Sociedad.

11º. Cuando hayan avanzado en edad, se les inducirá a practicar unos ejercicios espirituales que en Alemania y en Polonia han dado los mejores frutos.

12º. En sus pesares e incomodidades se les consolará conforme a las inclinaciones y carácter de cada uno, y en las conversaciones privadas se reprochará el mal empleo de las riquezas haciéndoles patente al mismo tiempo que despreciar el don inestimable de una vocación verdadera es condenarse a las eternas penas del infierno.

13º. La excelencia de la Compañía en comparación de las otras órdenes, la santidad y ciencia de sus miembros, la fama que en todo el mundo se han granjeado estos, las distinciones y honores que han obtenido de todos serán otros tantos medios para lograr que los padres de los jóvenes se determinen a consentir que sus hijos entren en la Sociedad; después conviene hacerles una relación de los príncipes y magnates que han vivido y aún viven dichosos y satisfechos en su seno, también se ponderará lo agradable que sin duda será para Dios ver a los jóvenes consagrarse a su santo servicio, especialmente siendo en la Compañía de su divino hijo, y qué cosa tan sublime es un hombre que lleva en medio de su juventud, el yugo del señor. Cuando parezca difícil por su extremada juventud, debe hacerse presente la suavidad del instituto que no contiene en sí otras reglas que puedan llamarse austeras si no la observancia de los tres votos, y sobretodo que ninguna es obligatoria ni aún bajo pena de pecado venial.

CAPÍTULO XIV
Sobre casos reservados y motivos que exigen expulsión de la Compañía

1º. Lo que expresan los números 1, 2, 3 y 4 se guardará ignorado de todos los extraños; porque indudablemente parecería injurioso al Santo Sacramento de la penitencia; sería capaz de hacerlo odioso, e incitaría a la práctica de doctrinas que la iglesia tiene condenadas.

5º. Siendo la nuestra una corporación noble y preeminente de la Iglesia, puede deshacerse de los que no parezcan propios para la práctica de su instituto. Aun cuando en un principio nos hayamos manifestado satisfechos de ellos, luego que no queramos conservarlos será fácil motivar su despedida, si se procura impacientarlos de continuo obligándolos a ejecutar lo que menos les agrade, colocándolos bajo las órdenes de superiores duros, separándolos de los estudios y funciones honoríficas etc., hasta hacerlos quejarse y murmurar.

6º. Conviene no dejar en la Compañía a los que se rebelan abiertamente contra sus superiores, y se quejan pública o reservadamente de sus compañeros; en especial, si es con gentes de fuera; ni a los que con los nuestros o los extraños censuren el comportamiento de la Sociedad respecto a procurarse bienes temporales, o administración, o cualquiera otros actos de la misma; por ejemplo, que trata de confundir y abrumar a los que no quieren su bien; que obró de tal modo en estas o las otras expulsiones, etc. También nos desharemos de los que en conversaciones sobre venecianos, franceses o otros que arrojaron de su territorio a la Compañía o le han ocasionado trastornos, callen o los defiendan.

7º. Antes de expulsar a cualquiera debe hostigársele en un todo, sacándole de las funciones que desempeña de ordinario y dedicándole a otras; en ellas se le debe reprender aunque las lleve perfectamente, aplicándole como por insuficiencia a otras cosas e imponiéndole grandes penas por las faltas más leves; se le abochornará en presencia de los demás hasta sacarla de sí; y últimamente, será expulsado como pernicioso a todos; para lo cual, se aprovechará el momento en que menos pueda presumirlo.

8º. Cuando tuviera alguno de la compañía esperanzas fundadas de conseguir un obispado u otra dignidad, deberá precisársele a prestar otro voto sobre los ordinarios que la sociedad exige, el cual será conservar perpetuamente buenos sentimientos hacia la Sociedad, hablar bien de ella, no tener confesor que no sea de su seno, y no proceder a cosa alguna de entidad sin el beneplácito de la misma. Por que a consecuencia de no haber observado esto el cardenal Tolet, obtuvo la Compañía una declaración de la Santa Sede para que ninguno de raza no limpia, descendiente de judíos o mahometanos, fuese admitido a dignidad de la Iglesia sin prestar igual voto, pudiendo expelérsele como enemigo declarado, por celebérrimo que fuese.

CAPÍTULO XV
Términos en que debe conducirse la Compañía para con las monjas y beatas

1º. Guárdense los confesores y predicadores de ofender a las religiosas y de manifestarles alguna tentación opuesta a la vida que han abrazado; por el contrario, procuren captarse la benevolencia de las superioras, y podrán llegar, cuando menos, a ser confesores extraordinarios de la comunidad, que si esperan ha de demostrarse agradecida, deberán tratar de conservarla, porque las abadesas, especialmente las que proceden de casas nobles y ricas, pueden ser de mucha utilidad a la Compañía, así con los medios de su posición, como por sus parientes, allegados y amigos; de modo, que con el trato e influencia en los principales monasterios podremos lograr relacionarnos e intimar con casi toda una población.

2º. Se precaverá, no obstante, que nuestras beatas frecuenten los conventos de monjas, no sea que cobren afición al método de vida de las religiosas y la prefieran, frustrando los proyectos que abrigamos de poseer el todo o parte de sus bienes. Pero cuando se noten en ellas deseos de entrar en el claustro, las disuadirá el confesor, diciéndoles que el voto de castidad y obediencia lo pueden prestar en sus manos, asegurándoles que tal sistema de vida está conforme con los usos de la iglesia primitiva, y que así podrán ser luces descubiertas que alumbran la casa en vez de las que arden tapadas en términos de no poder iluminar a las almas; aconsejándoles sobretodo que a imitación de las viudas del Evangelio, hagan algo en honor de Jesucristo obrando el bien que puedan a favor de su Compañía. Se les hablará, por último, cuanto sea posible contra la vida monástica, tratando con el mayor sigilo estas instrucciones, y haciéndoles prometer el secreto para que no lleguen a noticia de otros eclesiásticos.

CAPÍTULO XVI
Modo de hacer profesión de despreciar las riquezas

1º. Con el fin de estorbar que los de fuera echen de ver nuestro prurito por riquezas, convendrá no admitir las ofrendas de mediano valor con que se nos brinde por los buenos oficios de la Compañía, aunque deberán aceptarse las pequeñas de gentes adictas; y de este modo no se nos tachará de avarientos por admitir las cuantiosas.

2º. Será bien que no consintamos se entierren en nuestras iglesias personas de poca clase, aunque nos hayan sido adictas; por que con los multiplicados entierros se pararía la atención en lo que ganamos.

3º. Respecto a las viudas y las demás personas que hubiesen hecho dejación de sus bienes a la Sociedad, se deberá proceder con entereza y despejo, tratándolas sin distinción como a cualquiera otras; por que no se diga que en consideración a los bienes terrenos concedemos los grados de favor; e igual plan deberá observarse con aquellos de la Compañía que le donaren sus bienes, luego que lo hayan verificado; y si necesario fuese, se les expulsará; mas que sea con la mayor sagacidad, a fin de que dejen a lo menos una parte de lo que habían cedido o la leguen para después de su muerte.

CAPÍTULO XVII
Medios para ensalzar la Compañía

1º. Cada uno debe procurar tener la misma opinión que los otros, aún en los asuntos más frívolos, o ya que esto no sea, asegurar que es; por que así se aumentará y fortalecerá más y más la Sociedad, sin que le hagan mella los trastornos que sobrevengan en los negocios del mundo.

2º. Es una obligación para todos nuestros padres, hacer los mayores esfuerzos para brillar por su ciencia y sus buenos ejemplos, con el fin de oscurecer a todos los religiosos, en especial a los obispos, curas etc., hasta que el mismo pueblo apetezca vernos ocupando todos los cargos a la vez. Se debe divulgar públicamente la idea de que los obispos y curas no necesitan hallarse dotados de gran instrucción, sino únicamente de la indispensable para desempeñar su ministerio; por que la Sociedad que siempre se ha dedicado a toda clase de estudios, puede suministrarles consejos cuando los necesiten.

3º. A los príncipes se les repetirá la idea de que la fe católica necesita de la política para sostenerse en la actualidad, para lo cual es preciso mucho acierto; y de este modo alcanzará a los nuestros el afecto y consideración de los grandes y tal vez vendrán a ser sus íntimos consejeros.

4º. Para alimentar su precio se les comunicarán a tiempo noticias interesantes y ciertas, recibidas de todas partes por medio de los nuestros.

5º. Casi siempre nos reportarán muchos beneficios las desavenencias entre los grandes; por lo cual conviene fomentarlas con prudencia y secreto, aunque sea preciso destruir mutuamente su poder, pero en el caso de que se adviertan señales de una próxima reconciliación debe interceder la Sociedad para que ésta se realice; no sea que haya otros que se anticipen a verificarlo.

6º. Tanto los magnates como el pueblo se deben persuadir de que nuestra Sociedad ha sido establecida por disposición divina, según profetizó el eclesiástico Joaquín, para que por este medio se reponga la Iglesia de los daños que los herejes le causaron.

7º. Una vez adquirido el favor de los obispos y magnates, necesitamos apropiarnos los curatos y canonjías, para que pueda verificarse la reforma del clero en los términos debidos, haciendo que como en tiempos mejores viva sujeto a una misma regla con los obispos respectivos y avanzando a la perfección. Debemos también aspirar a la obtención de las abadías y prelaturas que vaquen, considerándolas de no difícil asecución, si se tiene en cuenta la ignorancia y desidia de los frailes; porque nada más útil para la Iglesia que poner en manos de la Sociedad los obispados, y aún encomendar a uno de nuestros padres la silla pontificia, particularmente si el papa fuera señor temporal del mundo. Esta es la causa porque se debe procurar con mucho acierto y sigilo extender la Compañía en cuanto lo temporal, y entonces descenderá sobre la Iglesia la paz universal y perpetua, y la bendición del cielo.

8º. Siendo de temer que se promuevan disturbios si todo esto llegase a suceder, deberá variar nuestra política conforme a las circunstancias, y excitar guerras contra los soberanos adictos a nosotros, para que en todas partes se haga necesaria la intervención de la Sociedad y vengamos a ser ayuda indispensable a la pública tranquilidad; por lo cual tendrá la Compañía en beneficios y dignidades eclesiásticas la recompensa a que se habrá hecho acreedora de parte de los príncipes.

9º. Finalmente, cuando ya cuente la Sociedad con el favor y efecto de los soberanos, debe procurar cuanto pueda mostrarse temible respecto a sus adversarios.


Final de la Monita secreta o instrucciones reservadas de la Sociedad de Jesús


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Si está interesado/a en la lectura del folleto publicado en el año 1890 por "La Cabaña", y cuya portada al inicio reproducimos, y del que hemos copiado "La Monita secreta de los Jesuitas", pulse AQUÍ


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Enlaces recomendados publicados en esta Web:

LA LEY DE DIOS Y ATRIBUTOS DIVINOS PRESENTADOS POR EL JESUITA BLANCO.
Conferencia en el "Centre Interreligiós de Barcelona" sobre el tema indicado.

EL CELIBATO NO ES CRISTIANO NI DEÍSTA.
Artículo copiado del Periódico filosófico espiritista "La Cabaña" publicado en Barcelona Mayo 1887.

PECADOS MORTALES COMETIDOS POR EL CATOLICISMO -RESPUESTA.
El celibato forzoso, el bautismo con agua, la adoración de ídolos o imágenes y el perdón de pecados.

EL CRISTO Y EL ANTICRISTO Y LAS DOCTRINAS DE UNO Y OTRO.
Artículo copiado del Periódico filosófico espiritista "La Cabaña" publicado en Barcelona Junio 1887.